Directiva "Televisión sin fronteras": la Comisión aprueba el segundo informe

Tras una propuesta de Marcelino Oreja, comisario encargado de política audiovisual, la Comisión Europea ha aprobado el segundo informe al Parlamento, al Consejo y al Comité Económico y Social sobre la aplicación de la directiva 89/552/EEC, conocida con el nombre de "Televisión...

Tras una propuesta de Marcelino Oreja, comisario encargado de política audiovisual, la Comisión Europea ha aprobado el segundo informe al Parlamento, al Consejo y al Comité Económico y Social sobre la aplicación de la directiva 89/552/EEC, conocida con el nombre de "Televisión sin fronteras".

El informe cubre el periodo comprendido entre enero de 1995 y julio de 1997, fecha de la entrada en vigor de la nueva directiva "Televisión sin fronteras" (Directiva 97/36/EEC). Ese periodo se caracterizó por el lanzamiento de los primeros servicios digitales en Europa, para los cuales la directiva provee una parte del marco comunitario. En 1996, Europa contaba con más de 250 canales de televisión, un total que se había duplicado en los seis años precedentes. A comienzos de 1997 sumaban más de 330 los canales digitales difundidos por satélite (frente a 10 a principios de 1996).

El periodo cubierto por el informe también se caracterizó por la abundancia de jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo en relación directa con la directiva. El Tribunal adoptó un total de siete decisiones. En el informe se presentan y analizan esas decisiones, cuyas consecuencias son particularmente importantes para las condiciones determinantes de la competencia jurídica de los Estados miembros sobre los radiodifusores. Merced a esta jurisprudencia, el principio de "control del país emisor" se ve fortalecido y su utilización más maleable.

Dos decisiones tienen también importantes consecuencias en la interpretación de las reglas de la directiva en materia de publicidad y financiación. En este sentido parece haber problemas específicos de aplicación incorrecta de las reglas sobre publicidad en algunos Estados miembros (Grecia, Italia, España y Portugal). La Comisión ha recibido varias quejas de organizaciones de consumidores, quejas que ahora está examinando.


fecha de la última modificación: 2017-08-07 17:15:01
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